El decreto establece cómo se aplicará el sistema para adolescentes imputados por delitos y fija mecanismos de control, asistencia y articulación federal.
El Gobierno nacional reglamentó este lunes el nuevo Régimen Penal Juvenil establecido por la Ley 27.801, que será aplicable a adolescentes desde los 14 años y hasta las cero horas del día en que cumplen 18, cuando sean imputados por hechos tipificados como delito.
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La medida quedó oficializada mediante el Decreto 875/2026, publicado en el Boletín Oficial, que además designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal. La reglamentación define mecanismos para el seguimiento de los adolescentes, la asistencia a las víctimas y la coordinación con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Uno de los puntos centrales es que la edad mínima de 14 años no fue establecida por el decreto, sino que ya había sido fijada por el Congreso al sancionar la Ley 27.801. Para determinar si una persona queda alcanzada por el régimen, se tendrá en cuenta la edad que tenía al momento de cometer el hecho investigado.
Según establece la normativa, el objetivo del sistema es fomentar en el adolescente imputado “el sentido de la responsabilidad legal por sus actos” y procurar su educación, resocialización e integración social.
El nuevo régimen contempla distintas respuestas judiciales y no determina que todos los adolescentes imputados deban recibir una pena de prisión. Entre las medidas previstas se encuentran la amonestación, restricciones de contacto o circulación, servicios a la comunidad, monitoreo electrónico, reparación del daño y, en determinados casos, penas privativas de la libertad.
En caso de que corresponda una pena de prisión, la legislación prohíbe las condenas de reclusión o prisión perpetua y establece un máximo de 15 años para los adolescentes alcanzados por el régimen.
La reglamentación también avanza sobre la figura del supervisor especializado, un profesional que será responsable del seguimiento, la asistencia y el control del adolescente cuando el juez disponga determinadas medidas o penas.
Para las causas de competencia nacional ordinaria y federal, se creará dentro del Ministerio de Justicia el Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil. Los profesionales deberán contar con formación terciaria o universitaria en áreas como educación, pedagogía infantojuvenil, psicología, trabajo social o adicciones, además de acreditar al menos dos años de experiencia profesional y aprobar capacitaciones específicas.
Entre sus funciones estará mantener entrevistas semanales con el adolescente y elaborar informes mensuales sobre aspectos como su educación, formación, actitud y evolución. También deberá trabajar de manera coordinada con los demás profesionales que intervengan en cada caso.
Mientras se conforma el registro definitivo, Justicia elaborará un listado provisorio de profesionales habilitados. La primera convocatoria pública deberá concretarse en un plazo máximo de 180 días desde la entrada en vigencia del decreto.
Otro de los ejes de la reglamentación está relacionado con la asistencia a las víctimas de delitos cometidos por adolescentes. El Ministerio de Justicia deberá poner a disposición equipos interdisciplinarios integrados por psicólogos y trabajadores sociales y coordinar mecanismos para garantizar el patrocinio jurídico gratuito previsto por la ley.
Además, cuando se imponga una pena a un adolescente, el juez deberá comunicar la resolución al Registro Nacional de Reincidencia, donde se creará una sección específica para los casos alcanzados por la Ley 27.801.
Allí se registrarán las sentencias y resoluciones firmes, junto con sus eventuales modificaciones, suspensiones, sustituciones, revocaciones o extinciones. Esa información tendrá carácter reservado y solo podrá ser consultada por quienes estén habilitados legalmente.
El decreto también creó el Comité de Justicia Interministerial del Régimen Penal Juvenil, que estará integrado por representantes de los ministerios de Justicia, Seguridad Nacional, Capital Humano y Salud.
Entre sus funciones estarán coordinar políticas de prevención, abordaje y reinserción, promover el intercambio de información estadística y técnica y articular la ejecución de las penas y medidas contempladas en la ley.
A su vez, se conformará la Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil, concebida como un espacio permanente de articulación entre el Gobierno nacional, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires. El objetivo será armonizar criterios técnicos y procesales, intercambiar experiencias y facilitar convenios de colaboración entre las distintas jurisdicciones.
La Ley 27.801 fue sancionada el 27 de febrero y publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo, con un plazo de 180 días para su entrada en vigencia. Con la reglamentación publicada este lunes, quedaron establecidos los principales mecanismos para la implementación del nuevo sistema penal juvenil.