Se trata de una empleada pública, cuya pareja dará a luz en enero. Lo dispuso el Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata.
El gobierno de la provincia de Buenos Aires acatará la decisión del juzgado Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata que le ordenó otorgar "licencia por maternidad" a una empleada pública que es madre no gestante y cuya pareja dará a luz en enero, revelaron este viernes fuentes oficiales.
Se trata de Malena Díaz Reck, empleada desde hace 20 años de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA), y a quien ante el próximo nacimiento de su hija se le quiso otorgar una "licencia por paternidad" de sólo 3 días, lo que la mujer vivió como un acto discriminatorio y así lo denunció.
"Hace una semana pedimos una medida autosatisfactiva ante el Juzgado Contencioso Administrativo de La Plata ante el inminente nacimiento de mi hija y finalmente salió el fallo que resuelve que me corresponde la licencia por maternidad de 90 días a partir del nacimiento", explicó a Télam Díaz Reck.
Fuentes oficiales informaron hoy a Télam que tras una reunión realizada entre el fiscal de Estado, Hernán Gómez, y el titular de ARBA, Gastón Fossati, "se decidió acatar la medida, aunque todavía no recibimos la comunicación oficial del fallo".
Díaz Reck, cuya pareja Natalia está embarazada de 8 meses y medio, contó que al dirigirse a su empleador para pedir el goce de una licencia por maternidad cuando naciera Brunna, ARBA elevó su pedido a la Asesoría General del Gobierno bonaerense, donde le dijeron que "no le correspondía" una licencia por maternidad, ya que no era la gestante.
Además, le informaron que le otorgarían una "licencia por paternidad", lo que motivó su planteo judicial.
La mujer destacó que el fallo tuvo en cuenta el pronunciamiento a favor del Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de La Plata que presentó un amicus curiae en la causa a través del Programa de Diversidad Familiar.
"El fallo exhorta a la Legislatura bonaerense a modificar la normativa de régimen de licencias del personal de la administración pública provincial para adecuarlo a que contemple las diversas conformaciones familiares", apuntó.
Además, señaló que la decisión judicial reconoció "el modelo familiar patriarcal" implícito en la ley 10.430 de la Administración Pública provincial al considerar que "la mujer está destinada a cuidar y a criar los hijos, de ahí la licencia de 90 días por maternidad; mientras el hombre debe trabajar para proveer la manutención, y de allí que la licencia sea sólo de 3 días".