La medida fue oficializada por decreto y contempla compensaciones diferenciadas según la edad, la antigüedad y los aportes previsionales de cada trabajador.
El Gobierno nacional aprobó un nuevo Régimen de Retiro Voluntario para empleados de la Administración Pública Nacional, que alcanzará al personal de planta permanente y a trabajadores vinculados mediante contratos por tiempo indeterminado.
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La medida fue oficializada a través del Decreto 1203/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial. La inscripción estará abierta entre el 1° y el 30 de noviembre de 2026, con posibilidad de una única prórroga de hasta 30 días.
La autoridad de aplicación será la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, dependiente del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
El régimen establece tres grupos de beneficiarios, con diferentes modalidades de compensación según la edad, los años de aportes y la antigüedad.
El primer grupo comprende a mujeres desde los 58 años y hombres desde los 63 que no cuenten con aportes suficientes para acceder a la jubilación ordinaria. Podrán optar entre cobrar mensualmente el 60% de su remuneración bruta habitual durante un máximo de 36 meses, o recibir una gratificación equivalente a un sueldo bruto por cada año de antigüedad, con un tope de 18 remuneraciones.
El segundo grupo incluye a mujeres de entre 58 y 64 años y hombres de entre 63 y 64 con al menos 30 años de aportes. En esos casos, la compensación será de un sueldo bruto por cada año de antigüedad, con un máximo de 18 remuneraciones, más una suma adicional equivalente a cinco sueldos brutos.
El tercer grupo está integrado por mujeres de hasta 57 años y hombres de hasta 62 años. Para ellos se prevé una gratificación de un sueldo bruto por cada año de antigüedad, con un máximo de 20 remuneraciones. Además, quienes tengan menos de 15 años de antigüedad recibirán cuatro sueldos adicionales y quienes alcancen o superen ese período percibirán cinco.
Quedarán excluidos del régimen, entre otros, los empleados que estén procesados por delitos contra la Administración Pública, sometidos a sumarios que puedan derivar en cesantía o exoneración o que tengan medidas disciplinarias pendientes.
Tampoco podrán acceder quienes hayan iniciado trámites jubilatorios, quienes ya cumplan los requisitos para obtener una prestación previsional o quienes hayan presentado su renuncia y todavía esté pendiente de aceptación.
También se establecen restricciones para quienes mantengan reclamos administrativos o acciones judiciales contra el Estado vinculadas con su relación laboral, salvo que desistan formalmente de esos procesos.
El decreto dispone además que los organismos alcanzados deberán eliminar los cargos presupuestarios correspondientes al personal que adhiera al retiro voluntario, una vez que se produzca el cese de la relación laboral.