Haciendo uso de herramientas forenses exiftool y ffprobe, determinaron que la única huella temporal de los videos es una supuesta modificación del 24 de abril de 2023, pero la consideraron como “no concluyente” por lo que aseguraron que "no es posible identificar de forma clara y fehaciente la fecha cierta de creación", de los videos.
En otro apartado del informe, revelaron que las marcas temporales internas de captura "se encuentran en cero", motivo por el cual les llevó a concluir que los metadatos de origen "se han perdido". Esto suele ocurrir cuando un material pasa por un proceso de "intermediación tecnológica" como es el caso de videos reenviados a través de aplicaciones de mensajería como WhatsApp o Telegram. O cuando son editados.
"Es de destacar expresamente que la fecha de modificación visualizada en el software forense PA coincide en horas, minutos y segundos en los videos identificados anteriormente", comportamiento que según los expertos "indicaría, entre otros motivos, una modificación manual de metadatos utilizando herramientas para tal fin o una transferencia de estos archivos desde un file system primigenio hacia un nuevo file system".
Por ese motivo, aseguran que la fecha "si pudo haber sido modificada previo a su análisis pericial" y que "no es posible determinar a ciencia cierta el metadato correcto" el cual "permitiría llevar a cabo la correlación completa entre los metadatos de los archivos y los metadatos del file system".
En el documento, la DATIP relevó la inexistencia de código HASH de origen. Se trata de un código fijo que representa un conjunto de datos y que se crea mediante un algoritmo matemático. Sirve para identificar datos y comprobar que no han cambiado. Los siete videos no contaban con el mecanismo estándar de seguridad inicial que permitiera determinar su trazabilidad, por lo cual los peritos concluyeron que no puede garantizarse su integridad.
Un aspecto relevante en el informe del Ministerio Público Fiscal tiene que ver con una falla en la cadena de custodia de uno de los elementos. Ocurre que el registro informaba que dentro de uno de los sobres debía hallarse un pendrive, pero al ser abierto se encontraron con una memoria Micro SD de la marca Kingston de 32 GB, con su correspondiente adaptador SD. Para los expertos, se trata de una "significativa divergencia" que afecta la trazabilidad.
Sobre el final, recalcan que al no contar con el "File System de origen" de los videos "no es posible determinar la autenticidad y el origen real de los elementos analizados". Tampoco se puede echar luz sobre con qué aparato fueron grabados, en qué contexto ni tampoco la identificación de quien los generó.
Al momento de la circulación pública de los videos, el abogado de Cirio, Claudio Caffarello, sostuvo que desde hacía más de un año y medio su clienta venía denunciando intentos de extorsión vinculados al material. En aquel entonces dio a conocer que la exmodelo se presentó ante sede judicial, con documentación certificada ante escribano, para certificar la fecha desde la cual afirma ser víctima de maniobras extorsivas.
Ahora, la causa aporta nueva información con el dictamen del Ministerio Público Fiscal en el que se da cuenta de la inverificabilidad, tanto en su origen, autenticidad como trazabilidad e integridad, de los videos que se sumaron al expediente en el que el exintendente de Lomas de Zamora y Cirio están bajo la mira por presunto lavado de activos y enriquecimiento ilícito.