Cobertura especial

Mundial 2026

¡Ya comenzó!
INGRESAR Ver cobertura
X
País

Causa Vialidad: la Corte Suprema dejó firme el decomiso de $685.000 millones contra Cristina Kirchner

El máximo tribunal rechazó el último recurso de la ex presidenta y de Lázaro Báez, confirmó la actualización del monto del decomiso y habilitó el avance de la ejecución patrimonial, que incluye el remate de 111 bienes vinculados a los condenados.

Hoy 15:19

La Corte Suprema dejó firme la actualización del decomiso en la causa Vialidad contra Cristina Fernández de Kirchner y el resto de los condenados:  el monto pasó de $85.000 millones a $685.000 millones, una decisión que  refuerza el avance de las medidas de ejecución patrimonial, incluido el  remate de bienes.

HACÉ CLICK AQUÍ PARA UNIRTE AL CANAL DE WHATSAPP DE DIARIO PANORAMA Y ESTAR SIEMPRE INFORMADO

La orden de decomiso alcanza a un total de 111 bienes. El Tribunal Oral federal 2 ya puso en marcha el proceso de tasación de algunas de las propiedades ubicadas en el sur del país.

La resolución también rechazó de manera directa los planteos de nulidad y el pedido de suspensión de las actividades patrimoniales vinculadas  al decomiso. El tribunal, además, resolvió en el mismo sentido el  recurso presentado por Lázaro Báez, también condenado con  sentencia firme a seis años de prisión por administración fraudulenta en  perjuicio de la administración pública.

Firmaron la decisión los tres jueces del máximo tribunal: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. De esta forma fue rechazado el último recurso presentado por la ex presidenta sobre este punto de la ejecución.

La actualización

El monto original del decomiso había sido actualizado de acuerdo con un informe del Cuerpo de Peritos Contadores de la Corte, y esa cifra es la que ahora quedó firme.

Por ese decomiso deben responder solidariamente todos los condenados. Entre  ellos, quienes conservan bienes de magnitud son Cristina Kirchner, ya  que los activos de Báez fueron rematados en la quiebra de Austral Construcciones y en la otra condena que recibió por lavado de dinero en la causa conocida como Ruta del Dinero K.

En la causa se investigó una maniobra defraudatoria desarrollada entre 2003 y 2015 en Santa Cruz, en el marco de 51 procesos licitatorios de obra pública vial ejecutados por la Dirección Nacional de Vialidad. Según surge del expediente, esas obras fueron adjudicadas de manera  sistemática al Grupo Austral, perteneciente a Báez, por miles de  millones de pesos.

La condena incluyó a ex funcionarios

El  año pasado, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal había  confirmado el fallo del Tribunal Oral Federal N° 2 (TOF 2), integrado en  el momento de la sentencia por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso, que condenó a Cristina Kirchner, Lázaro Báez, Nelson Guillermo Periotti  y Francisco José López a seis años de prisión. También quedaron  condenados Juan Carlos Villafañe a cinco años; Raúl Gilberto Pavesi a  cuatro años y seis meses; Mauricio Collareda y José Raúl Santibáñez a  cuatro años; y Raúl Osvaldo Daruich a tres años y seis meses.

Todos fueron  hallados responsables del delito de administración fraudulenta en  perjuicio de la administración pública en la adjudicación de contratos  de obra pública vial en la provincia. Por esta causa judicial, la ex  presidenta cumple desde hace un año la condena bajo el régimen de arresto domiciliario.

Casación  también había confirmado la decisión del tribunal de ejecución que fijó  el decomiso y su actualización. Con la resolución ahora adoptada por la  Corte, quedaron firmes tanto esa cifra como los rechazos a los planteos contra las medidas de ejecución patrimonial. 

Qué había dicho la Cámara

En octubre, Los jueces de Casación Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña,  confirmaron la competencia del TOF 2 para llevar adelante la ejecución  patrimonial derivada de la condena por administración fraudulenta en  perjuicio del Estado.

El  eje del conflicto giró en torno a la naturaleza y alcance del decomiso  ordenado en la sentencia condenatoria, así como a la competencia del  tribunal para ejecutarlo. Las defensas de Fernández de Kirchner y Báez sostuvieron que la medida excedía el marco penal y debía tramitarse en  el fuero civil, o bien ser absorbida por la unificación de condenas  dictada por el TOF 4.

La defensa de Cristina Kirchner, representada por los abogados Carlos Beraldi y Ariel Llernovoy,  había planteado que la acusación fiscal buscaba “sustituir el decomiso  legal por un mecanismo resarcitorio ajeno al proceso penal, que afecta  de modo directo las garantías constitucionales y convencionales de  legalidad, culpabilidad, trascendencia de la pena y derecho de  propiedad”.

Además,  denunció la existencia de “litispendencia”, es decir, la tramitación  paralela de causas con pretensiones patrimoniales superpuestas, lo que,  según su criterio, vulnera la prohibición de doble persecución. La  defensa también objetó el marco temporal fijado para el decomiso, que  abarca el período 2003-2015, y sostuvo que respecto de Fernández de Kirchner solo debía considerarse desde 2009, fecha en la que fue condenada como autora.

Sin embargo, el fallo de la Cámara de Casación abordó en profundidad los argumentos de las partes y reafirmó la naturaleza penal del decomiso, rechazando los argumentos de las defensas.