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La Justicia rechazó un nuevo pedido de Cristina Kirchner para flexibilizar su prisión domiciliaria

El Tribunal Oral Federal N° 2 resolvió mantener sin cambios el régimen de visitas, el uso obligatorio de la tobillera electrónica y las restricciones para acceder a la terraza de su domicilio en Constitución.

Hoy 17:10

El Tribunal Oral Federal N° 2 resolvió por unanimidad rechazar un planteo presentado por la defensa de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, quien había solicitado una flexibilización de las condiciones bajo las cuales cumple prisión domiciliaria en el marco de la causa conocida como Causa Vialidad.

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La decisión, firmada por el juez Rodrigo Giménez Uriburu, ratificó la vigencia de todas las medidas de control impuestas al momento de concederle el beneficio. De esta manera, continuarán sin modificaciones el régimen de visitas, el monitoreo mediante tobillera electrónica y las limitaciones horarias para utilizar la terraza del inmueble donde reside, ubicado en el barrio porteño de Constitución.

Según los fundamentos del fallo, no se incorporaron elementos nuevos que justifiquen una revisión de las condiciones establecidas originalmente. Además, el magistrado remarcó que dichas pautas ya habían sido avaladas por instancias superiores.

La solicitud había sido impulsada por los abogados defensores Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, quienes argumentaron que la exmandataria cumplió estrictamente todas las reglas de conducta desde el inicio de la ejecución de la pena, el 17 de junio de 2025. También sostuvieron que no existía riesgo de fuga y plantearon cuestiones vinculadas a su estado de salud.

Sin embargo, el fiscal Sergio Mola se opuso al pedido y consideró que no existían razones para modificar el esquema de control vigente.

La tobillera seguirá siendo obligatoria

Uno de los puntos centrales del planteo defensivo fue la eliminación de la tobillera electrónica. No obstante, el tribunal recordó que la normativa vigente contempla este mecanismo como regla general para las personas que cumplen arresto domiciliario.

En ese sentido, el juez sostuvo que no se acreditaron circunstancias excepcionales de carácter médico, técnico u operativo que permitieran apartarse de esa exigencia, por lo que resolvió mantener el dispositivo de monitoreo.

Sin cambios en el régimen de visitas ni en el uso de la terraza

La resolución también rechazó la posibilidad de flexibilizar el ingreso de personas al domicilio. El tribunal entendió que los controles establecidos no constituyen una sanción adicional, sino una herramienta necesaria para garantizar la supervisión del cumplimiento de la condena y preservar el normal funcionamiento del lugar.

En cuanto al acceso a la terraza del edificio de la calle San José 1111, la Justicia consideró adecuado el esquema actual, que habilita su utilización una vez al día, durante un máximo de dos horas y únicamente en horario diurno.

Por otra parte, el fallo hizo referencia a las reiteradas concentraciones de militantes y simpatizantes en las inmediaciones de la vivienda de la exvicepresidenta. Sobre este punto, el magistrado concluyó que no existen pruebas que permitan atribuirle conductas incompatibles con las reglas de la prisión domiciliaria ni informes de seguridad que justifiquen la imposición de nuevas restricciones.