El organismo restringió el uso,comercialización y distribución de los productos, entre los que se cuenta un lápiz labial estilo Labubu. Los artículos no están registrados e implican "un riesgo para la población".
La Administración Nacional de Alimentos y Medicamentos (ANMAT) prohibió "el uso, comercialización, distribución y publicidad en todo el territorio nacional" de una serie de productos cosméticos, entre los que se cuentas brillos y lápices labiales infantiles, tratamientos capilares y un medicamento, por no cumplir con los registros sanitarios.
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A través de la disposición 1338/26 publicada este lunes en el Boletín Oficial, el organismo dependiente del Ministerio de Salud estableció las restricciones sobre el “brillo labial infantil con aplicador, cuyo rotulado lo identifica bajo la marca “Miss Betty”, el brillo labial infantil rojo con aplicador, identificado como “Labubu lips gloss” marca Pola Ayir y el bálsamo labial infantil en barra “HeL 79” de la marca Magic. La medida se debió a que ninguno está registrado en la base de datos de cosméticos habilitados.
En este caso, la prohibición tuvo su origen en una inspección de control realizada por el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal en diversos comercios ubicados en la Ciudad de Buenos Aires.
La ANMAT se basó en que son "cosméticos para el uso externo en el cuerpo humano que carecen de registro, respecto de los cuales, se desconocen sus características, funcionalidad y seguridad y, en consecuencia, revisten un riesgo para la salud dado que no se conoce si los insumos utilizados para su fabricación son aptos para el uso en humanos o cuáles son sus efectos reales y no puede asegurarse que sean seguros ni eficaces".
En ese sentido, la entidad remarcó que "con el fin de proteger la salud de potenciales adquirentes y usuarios resulta ajustado a derecho tomar una medida sanitaria como la prohibición respecto de los productos descriptos toda vez que se desconoce su origen" y no es posible "garantizar sus condiciones de elaboració ni su calidad".
En la misma sintonía, en la disposición 1390/26, la ANMAT aplicó las mismas restricciones de uso y comercialización sobre un grupo de "productos para el cabello comercializados bajo la marca “Emilse alisados". En este caso, fueron detectados en canales de venta electrónicos.
El organismo remarcó que entre los productos en cuestión se encuentran "alisadores del cabello que se comercializan sin inscripción sanitaria" que, en esa condición, "representan un serio riesgo para la salud de la población por cuanto podrían contener formol (formaldehído) como activo alisante".
"El uso de este ingrediente con la finalidad de alisar los cabellos no se encuentra autorizado, por cuanto puede derivar en la exposición a vapores tóxicos con potencial para generar diversos efectos nocivos sobre la salud del usuario y del aplicador", explicaron.
Además, mediante la disposición 1389/2026, la ANMAT también inhabilitó la venta, comercialización y distribución de Puna Cap, un medicamento en formato de comprimidos recubiertos para el tratamiento del mal de altura o soroche.