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País

El Gobierno oficializó la baja de la jubilación de privilegio de Cristina Kirchner

El Ejecutivo hizo efectiva la medida por medio de la Resolución 1092/2024. También se le quitó la pensión correspondiente a su fallecido esposo, el expresidente Néstor Kirchner.

15/11/2024

El Gobierno oficializó este viernes la baja de la jubilación de privilegio de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, como así también, la pensión correspondiente a su fallecido esposo, el expresidente Néstor Kirchner. El Ejecutivo publicó la medida por medio de la Resolución 1092/2024 del Boletín Oficial.

En el artículo 1 de la resolución se definió “la baja de los Beneficios Nros. 47-0-0000282-0 y 47-6-8085213-0 del Registro Único de Beneficiarios (RUB) de esta Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), cuya titularidad detenta la Sra. Cristina Elisabet Fernández”.

Al justificar la decisión, el Gobierno recordó que la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a Cristina Kirchner por seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos “accesorias legales y las costas del proceso, por considerarla autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”.

Por tal motivo, se planteó que la decisión de eliminarle la jubilación de privilegio como así también la pensión, responde a la incompatibilidad con dicha causa dado que “la finalidad de las asignaciones oportunamente otorgadas a favor de la titular, ya sean directas o derivadas, devienen jurídicamente incompatibles para quien haya cometido un delito en ejercicio de la misma función pública por la cual ha accedido a dicha asignación de privilegio y en perjuicio del Estado Nacional”, sostiene la resolución.

Al respecto, se aclaró que “una particular circunstancia que otorga legitimidad de percepción a sus beneficiarios le viene dada por ciertas conductas que tienen que acreditar en función del ejercicio de altos cargos en la Administración Pública, siendo que esa premisa no solo tiene que acreditarse al cese en el cargo sino también durante la percepción del beneficio”.

Ante dicha situación, se clarificó que una condición fundamental para recibir el beneficio consiste en el “buen desempeño en el cargo prestado en las altas esferas de la Nación”. Por ende, en caso de acreditarse un hecho condenado por la Justicia en perjuicio del erario público, se pierde el goce de la asignación.

El beneficio previsto por la Ley 24.018 para expresidentes y exvicepresidente de la Nación es una asignación graciable, “que se otorga como contraprestación al honor, mérito y el buen desempeño del cargo” por eso, “…no tiene carácter contributivo -esto es, no está sustentada en aportes equivalentes realizados por el propio beneficiario- constituye una gracia otorgada en reconocimiento del mérito y del honor”.

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