En 2016 Micaela Díaz había recibido prisión perpetua pero una apelación hizo que la pena sea reducida.
Tras la perpetua dictada el 3 de junio del 2016, la defensa interpuso un recurso de alzada, pero el tribunal ratificó la perpetua.
Después, planteó un recurso de casación. Esta vez, el STJ desestimó el “homicidio calificado por el vínculo” y juzgó que hubo “circunstancias extraordinarias de atenuación”.
Durante el juicio de cesura (división del debate en dos partes) la fiscal del caso Érika Leguizamón solicitó a los vocales de Cámara una pena de 23 años de cárcel, al sostener que prevalecen los agravantes sobre la conducta de la joven.
Finalmente, el día 7 de junio el tribunal-conformado por los vocales Élida Suárez de Bravo, Juan Carlos Storniolo y Julio David Alegre Paz-dio a conocer su resolución y condenó a la joven a cumplir la pena de 19 años de prisión.