La medida fue adoptada por la Anmat por distintas irregularidades e infracciones a la ley.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización de un endulzante y una sal por distintas irregularidades e infracciones a la ley.
Mediante la Disposición 718/2018, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, prohibió la comercialización del producto: “Stevia Endulzando la Vida” 100% stevia cristalizada, cuyo país de origen es Bolivia.
La medida se adoptó porque los análisis demostraron la ausencia de glicósidos de esteviol y la incorrecta denominación del producto por no declarar que se trata de un edulcorante de mesa, no consignar “alimento dietético”, ni la concentración del edulcorante empleado.
Asimismo, mediante la Disposición 713/2018, prohibió la comercialización de los productos: “Sal gruesa marca Salmar”, Sin TACC, y “Sal fina marca Salmar”, Sin TACC, de Roldán-Santa Fe.
Según la norma, la muestra del producto demostró que está otorgado en relación a la marca Frutos de mi Tierra mientras que consigna como marca Salmar y no se encuentra inscripto con la condición libre de gluten.