La causa por amenazas que las hermanas le habían iniciado a la actual pareja de su padre, en mayo del año pasado, fue archivada debido a que el fiscal no encontró "elementos de convicción" para citar a la acusada.
Se sabe que Rocío Oliva nunca fue querida por Dalma y Gianinna Maradona, las hijas mayores del Diez. Por eso, seguramente la actual pareja del ex capitán de la selección argentina debe estar de parabienes en este momento, ya que se desestimó la denuncia por amenazas que las hermanas le habían hecho en mayo del año pasado.
Así lo dictaminó el fiscal Marcelo Fuenzalida, quien entendió que no había "elementos de convicción" para citar a Oliva, por lo cual decidió archivar la causa en su contra.
Vale recordar que todo se originó a partir de una serie de audios en los que la ex jugadora de Excursionistas se refería a las hijas del otrora campeón del mundo en México en un tono muy fuerte.
A partir de eso, Dalma y Gianinna le pidieron a Fernando Burlando, abogado de su madre, que interviniera, y formalizaron la denuncia, que recayó en la Fiscalía Especializada en Delitos sobre Trata de Personas y Violencia de Género.
Sin embargo, el primer fallo en contra que ya había recibido el pedido de las chicas ahora quedó firme, en gran parte porque Maradona, desoyendo el pedido que habían hecho sus hijas para que se presentara a declarar, no lo hizo, favoreciendo de esta manera a su actual pareja.
Matías Morla, letrado de Maradona, fue quien había asumido la defensa de Rocío y quien le comunicó a la joven la sentencia a su favor.
"En los hechos que se denunciaron nunca se probó que Rocío haya cometido un delito. Diego Maradona decidió no comparecer en la causa por lo que el fiscal decidió archivarla", expresó Morla.
"El trabajo del doctor Burlando fue impecable, él presentó todo lo que la causa requería, pero al no contar con la declaración de Maradona tornó inviable el llamado a indagatoria de Rocío. Por eso, la decisión de Diego, totalmente personal, fue lo que derivó en el final de una causa que se le había iniciado a Rocío y que la tenía muy preocupada", agregó al respecto.
Vale aclarar que el fiscal Fuenzalida citó en varias oportunidades a Diego, y que no era necesaria su presencia física y solo bastaba con un escrito de su abogado.
"Al no contar en autos con la correspondiente acreditación de circunstancias de tiempo, modo y lugar en el que se remitieran y recepcionaran los mensajes de audio con contenido amenazante, característica del hecho que se buscaba determinar con el testimonio de quien, de acuerdo a lo denunciado, recibiera dichas comunicaciones: el padre de las víctimas, con cuya comparecencia no se contó pese a las reiteradas solicitudes al respecto", reza el texto del fallo.