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País

Oil combustibles: la AFIP apeló el fallo que benefició a Cristóbal López

Gil Lavedra presentó el recurso para que la cuestión sea revisada por la Cámara de Casación.

27/03/2018

Tal como había anunciado la semana pasada hasta el propio presidente Mauricio Macri, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) apeló este lunes en los tribunales federales de Comodoro Py el fallo que liberó y mejoró la situación procesal del empresario Cristóbal López por la multimillonaria deuda de su empresa Oil Combustibles con el Fisco.

"Resulta muy importante para consolidar una ciudadanía fiscal responsable que se apliquen con todo rigor las sanciones penales correspondientes a quienes han defraudado al Estado de modo tan ostensible y desprejuiciado", dice al inicio el texto de la AFIP.

La presentación fue realizada por el abogado Ricardo Gil Lavedra ante la sala I de la Cámara Federal que hace diez días, con los votos de los jueces Jorge Ballestero y Eduardo Farah, ordenó la liberación de López y lo benefició con un cambio de carátula. La AFIP quiere que ese fallo sea revisado por la Cámara Federal de Casación Penal.

Gil Lavedra recordó que "la cuestión de la calificación legal había sido resuelta por la Cámara de Casación hace pocos días" y cuestionó que el tribunal compuesto por Farah y Ballestero "de modo inexplicable desoyó lo resuelto por el superior y volvió a calificar los hechos".

Ello, de acuerdo con el abogado de la AFIP, "importó abrir el camino para que la acción penal se extinguiera y, de ese modo, todo concluyera en la más absoluta impunidad".

En el texto, la AFIP dijo haber asumido "la representación de millones de contribuyentes indignados que consideran estéril su esfuerzo fiscal si hechos de esta naturaleza quedan, por la arbitrariedad de los jueces, sin sanción alguna".

Ballestero y Farah, con la oposición de su colega Leopoldo Bruglia, liberaron a López y su socio, Fabián de Sousa, bajo el argumento de que la multimillonaria deuda fiscal acumulada por Oil Combustibles durante el kirchnerismo no fue un fraude al Estado sino una mera infracción tributaria.

Oil Combustibles se presentó en 2016 en concurso de acreedores y el principal de estos es la AIP, que tiene reconocidos en ese expediente unos 8 mil millones de pesos de crédito verificado. Sin embargo, con intereses y punitorios, la deuda trepa actualmente a los 17 mil millones de pesos.

Se trata del Impuesto a la Transferencia de Combustibles (ITC) que Oil cobraba a los usuarios de sus estaciones de servicio cada vez que cargaban nafta para sus vehículos pero que la firma jamás derivó al Fisco amparada en planes excepcionales de pago que le concedía el organismo cuando era conducido por Ricardo Echegaray.

Tal como lo había adelantado la semana pasada, Gil Lavedra sostuvo en el texto presentado en Comodoro Py que la decisión de Ballestero y Farah implica "una virtual extinción de la investigación, erigiéndose como una suerte de sobreseimiento 'encubierto'" en favor de López y De Sousa.

"Lo decidido constituye una velada incompetencia, alzándose contra lo resuelto por la Cámara Federal de Casación Penal el 22 de noviembre de 2017, es decir, hace tan sólo unos pocos meses", añadió el abogado en su escrito.

Gil Lavedra afirmó que el cambio de calificación, "en forma totalmente arbitraria e infundada" y "en contra" de lo que había dicho Casación, "permitiría a los empresarios imputados extinguir la acción penal por pago, a través del régimen instituido por la Ley 27.260, lo que acarreará inevitablemente la extinción también de la acción para los funcionarios públicos que organizaron la maniobra delictiva" como Echegaray.