La nueva ley actualizó los montos en los que la evasión es considerada delito y así varias acusaciones se cayeron por la aplicación de la ley penal más benigna.
La reforma tributaria que el Congreso Nacional aprobó a fin de año benefició al empresario detenido Lázaro Báez en una de sus causas penales. Es el expediente en el que estaba cerca de ser enviado a juicio oral por no pagar los aportes previsionales de los empleados de sus empresas. La nueva ley actualizó los montos de evasión que son considerados delitos y varios de los períodos por los que Báez estaba acusado ya no pueden ser perseguidos penalmente. Es porque la Constitución Nacional y el Código Penal establecen que siempre se debe aplicar la norma más benévola para los acusados. Es lo que se conoce como "la ley penal más benigna".
Así, tanto Báez, como sus hijos –dos de ellos quedaron desvinculados definitivamente– y otros acusados fueron sobreseídos parcialmente por el juez en lo Penal Económico Ezequiel Berón de Astrada, informaron a Infobae fuentes judiciales.
Sin embargo, el caso no terminará acá. El procurador general interno, Eduardo Casal, dictó hace una semana una resolución por la cual todos los fiscales están obligados a apelar las causas que se cierren por la aplicación de la ley penal más benigna por la reforma tributaria.
El criterio de la ley penal más benigna y la instrucción de Casal a los fiscales generará polémica en el fuero Penal Económico –como ya ocurrió en 2012- porque hay más causas que comenzaron a cerrarse por la nueva ley tributaria.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) denunció en mayo de 2016 que 16 empresas del Grupo Báez no habían pagado los aportes previsionales de sus empleados por varios períodos fiscales de 2010 hasta ese año. Se inició una causa penal y el juez Berón de Astrada determinó que la evasión fue de 33.433.388,47 pesos.
Báez, sus hijos Martín, Leandro y Luciana; el contador Jorge Chueco; el presidente de Austral Construcciones –la empresa insignia del grupo–, Julio Mendoza; y otras 12 personas que eran presidentes, accionistas o representantes legales de las compañías fueron procesadas por el delito de apropiación indebida de recursos de la seguridad social, que tiene una pena de dos a seis años de prisión. También se determinó la responsabilidad penal de 14 compañías que recibieron millonarios embargos.